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Hoy martes, 11 de octubre, se ha publicado la nueva Ley reguladora de la Jurisdicción Social, que deroga expresamente la actual Ley de Procedimiento Laboral (RD Legislativo 2/1995), y que entrará en vigor el próximo 11 de diciembre (Ley 36/2011, de 10.10.11, reguladora de la jurisdicción social, BOE de 11.10.11). Entre otras novedades, la nueva ley:
- Amplía las competencias de la Jurisdicción Social, extendiéndola a materias que ahora se resolvían en otras jurisdicciones como la Civil o la Contencioso-administrativa.
- Concentra en el orden jurisdiccional social todas las cuestiones litigiosas relativas a los accidentes de trabajo y que ahora obligaban a los afectados a acudir a distintos juzgados y tribunales de los órdenes civil, contencioso-administrativo y social.
- Se unifican también en la jurisdicción social los litigios relacionados con cualquier vulneración de derechos fundamentales y libertades públicas vinculada con la relación laboral, como es el caso del acoso.
- Se refuerzan la conciliación extrajudicial, la mediación y el arbitraje.
- Se aumentan las cuantías correspondientes al recurso de suplicación.
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17 octubre, 2011 por expacioweb2
